martes, 11 de octubre de 2016

IV JORNADAS PROVINCIALES DE PREVENCIÓN, GESTIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

IV JORNADAS PROVINCIALES DE PREVENCIÓN, GESTIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Mar del Plata, 3 y 4 de noviembre
Organizadas por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, con la participación y auspicio del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires mediante la Fundación de Ciencias Jurídicas y Sociales (CIJUSO) y la colaboración de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de La Plata, Lomas de Zamora y Mar del Plata.



MÁS INFORMACIÓN:

OTROS INFORMES E INSCRIPCION: Dirección Provincial de Resolución Alternativa de Conflictos

al email mediacionmjus@gmail.com, o vía telefónica a 0221 4262359/4262341

Curso de Negociación para Abogados - CASI

jueves, 6 de octubre de 2016

A. B. A. C/ SWISS MEDICAL SA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES st

A. B. A.  C/ SWISS MEDICAL SA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES st

La Plata, 15 de Junio de 2016

AUTOS Y VISTOS: Tégase por presentado y constituído domicilio. Atento lo solicitado por el mediador, principio por señalar que cierto es que la ley de mediación dispone que el mediador percibirá por la tarea desempeñada una suma fija, cuyo monto condiciones y circunstancias se establecerán reglamentariamente y que el mismo, en el supuesto que fracasare la mediación, podrá ejecutar el pago de los honorarios que le corresponda ante el juzgado interviniente(ver art. 31 de la Ley 13.951).

Ahora bien, del acta de cierre de la mediación surge que fue realizada sin acuerdo (ver fs. 5), no existiendo respecto a los honorarios del mediador convención alguna respecto al monto, lugar, fecha de pago y obligados al pago. Siendo ello así el mediador puede solicitar válidamente la regulación de sus honorarios en resguardo de sus derechos correspondiendo al órgano jurisdiccional regular sus estipendios (arts. 14 bis y 17 CN, CC1, Sala II, La PLata, autos "Saravia Angel Gabriel y otro c/ Coulter Santiago s/ daños y perjuicios".

Embretada en estos parámetros, es menester poner de resalto que si bien el artículo 27 del decreto 2530/10 establece pautas mínimas para determinar el honorario del mediador, fijando para asuntos en los que se encuentren involucrados montos determinados , posteriormente en su párrafo V dispone que -para el supuesto en que el juicio fuese promovido dentro del término de 60 días- el mediador tendrá derecho a percibir de quien resulte condenado en costas el monto total de sus honorarios o la diferencia entre éstos y la suma que hubiese percibido a cuenta, de modo tal que la norma habilita al juzgador a diferir para dicho momento procesal la regulación definitiva de los estipendios peticionados (CCC II, Sala 2º, La Plata causas: 115989, 115785, 115813, 115785, 115691, CCC I, Sala 2º, RSI 565/13).

De modo que por las consideraciones apuntadas y en mérito al parámetro establecido para contemplar la situación del artículo 27 párrafo 4º del decreto 2530/10, se procede a regular los honorarios del Dr. Graco Natalia Gabriela, en carácter de provisorios y a cuenta ,en la suma de pesos CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 4.536) (9 ius) con más su aporte legal e I.V.A. si correspondiera previa acreditación de la condición que reviste el interesado ante la A.F.I.P (arts. 27, 28 Dec.2530, art. 31, Ley 13.951 y Ley 6716 modificada por la ley 10.268) Regístrese. Notifíquese





Gladys Mabel Cardon

miércoles, 5 de octubre de 2016

Capacitación en Quilmes – Horas homologadas

El Instituto de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del CAQ y la Facultad de Derecho de la Universidad del Centro UNICEN, invitan al curso sobre “MEDIACION COMO PROCESO COMUNICACIONAL”



Mediacion_Proceso_Comunicacional

IV Jornadas Provinciales de Prevención, Gestión y Resolución de Conflictos

Invitamos a participar de las IV Jornadas Provinciales de Prevención, Gestión y Resolución de Conflictos a realizarse los días 3 y 4 de noviembre de 2016 en el Hotel Provincial de Mar del Plata. Asimismo se los convoca a la presentación de ponencias y/o experiencias novedosas, las que serán consideradas conforme el REGLAMENTO DE PONENCIAS que se encuentra en el enlace


IV JORNADAS PROVINCIALES DE PREVENCION, GESTION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS. REGLAMENTO

Artículo 1º - OBJETO: El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante la Subsecretaría de Acceso a la Justicia, (Dirección Provincial de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos) organiza las Cuartas Jornadas Provinciales de Prevención, Gestión y Resolución de Conflictos, con la participación y auspicio del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires mediante la Fundación de Ciencias Jurídicas y Sociales (CIJUSO) y la colaboración de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de La Plata, Lomas de Zamora y Mar Del Plata. Las mismas se celebrarán en el Hotel Provincial de la ciudad de Mar Del Plata, Partido de General Pueyrredón, los días 3 y 4 de noviembre de 2016.- Artículo 2º - FINALIDAD: La realización de estas Jornadas tienen por objeto el estudio, debate y divulgación de los temas propuestos, atendiendo las distintas formas de abordaje de Métodos Adecuados de Gestión y Resolución de Conflictos en nuestro país, teniendo fundamentalmente en cuenta que los destinatarios finales son los ciudadanos y el derecho que los mismos poseen a resolver sus conflictos en forma pacífica.- Artículo 3º - TEMARIO: Los temas convocantes de las Jornadas serán abordados mediante conferencias magistrales como asimismo en tres comisiones en las que se podrán presentar ponencias y/o experiencias novedosas, a saber: Conferencias Magistrales: 1. METODOS ADECUADOS DE GESTION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS COMO ESTRATEGIAS PARA CONSTRUIR UNA CONVIVENCIA PACIFICA. 2.-JUSTICIA RESTAURATIVA EN CONFLICTOS PENALES JUVENILES. 3.- CONFLICTO NEGOCIAL. 2 4.-- EL USO DEL LENGUAJE COMO FACULTAD ESENCIAL DEL SER HUMANO Y SU MANEJO EN LA GESTION ADECUADA DE CONFLICTOS 5.-ANALISIS DE LAS NARRATIVAS EN EL PROCESO DE MEDIACION. Comisión No. 1: ROL PROTAGONICO DE LA FAMILIA EN LA RESOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOSComisión No. 2: MANEJO DE EMOCIONES EN EL PROCESO DE MEDIACION. Comisión No. 3: PROCESOS DE DIALOGO EN PREVENCION y GESTION DE CONFLICTOS COMUNITARIOS-ESCOLARES.- Artículo 4º - MIEMBROS: Serán miembros de las Jornadas: a) Miembros plenos. Los autores de ponencias, experiencias novedosas, trabajos, conferencias y los integrantes de los órganos de las Jornadas.- b) Miembros titulares. Personas inscriptas en las comisiones de trabajo. Profesionales universitarios o funcionarios que concurran en representación de entidades locales, provinciales, nacionales o extranjeras, de organismos y/o poderes públicos nacionales, provinciales o municipales, magistrados y funcionarios del Poder Judicial, representantes de Colegios de Abogados o Federación Argentina de Colegios de Abogados, de Universidades Nacionales. Tendrán igual carácter los participantes de países extranjeros.- c) Miembros asistentes. Quiénes justifiquen su interés, estudiantes y los participantes que manifiesten su inquietud con temas que se aborden en las jornadas. Artículo 5º - AUTORIDADES: Son autoridades de las Jornadas: a) Comisión Organizadora.- b) Comité Académico.- c) Comisiones de Trabajo.- Artículo 6º - COMISION ORGANIZADORA: La Comisión Organizadora es el órgano ejecutivo de las Jornadas. Asimismo es el órgano de aplicación e interpretación de este Reglamento y está integrada 3 por las autoridades designadas por las instituciones encargadas de la organización de este evento.- Compete a este órgano: a) Ejercer las tareas administrativas necesarias para la promoción, preparación y normal desarrollo del las Jornadas y asignar funciones específicas a sus miembros y colaboradores. b) Actuar como órgano de prensa y difusión. c) Constituirse en Comisión Coordinadora de los despachos de las distintas comisiones de trabajo durante el desarrollo de las Jornadas. d) Disponer la publicación de ponencias, trabajos y conclusiones. A tal efecto la participación de los autores en las Jornadas implica la autorización para la publicación de los trabajos que presenten. La Comisión Organizadora hará la publicación en forma completa, sin modificaciones, supresiones o simplificaciones no redactadas por su autor, salvo conformidad expresa de éste. e) Efectuar las designaciones a que se refiere el artículo siguiente. f) Resolver cualquier aspecto no contemplado por el Reglamento, pudiendo recurrir a los usos y costumbres consagrados en encuentros similares, garantizando el respeto entre los participantes y la libertad de expresión.- Artículo 7º - COMITÉ ACADÉMICO: Estará compuesto por el número de miembros integrantes que designe la Comisión Organizadora e integrado por personalidades científicas y académicas reconocidas en las materias incluidas en el temario de las Jornadas. Los miembros del Comité Académico podrán intervenir en las deliberaciones y ser consultados por los restantes órganos de las Jornadas respecto de las cuestiones que se susciten.- Artículo 8º - COMISIONES DE TRABAJO: Las Comisiones de Trabajo se constituirán para analizar y debatir los trabajos presentados sobre el temario establecido, considerando aquellos que resulten mas afines a la temática general de las jornadas. Su actividad será conducida por Coordinadores que se adecuarán al plan de trabajo formulado ajustándose al tiempo disponible, cantidad de ponencias y trabajos presentados y asistentes a cada una de las comisiones, pudiendo limitar o fijar el tiempo y cantidad de intervenciones de los participantes, velando por la igualdad de trato a todos los concurrentes y la necesidad de adecuado debate de ideas. Si el ponente no estuviera presente, en el momento en que deba exponer su ponencia, la misma no será tratada.- 4 Artículo 9º - PONENCIAS Y O EXPERIENCIAS NOVEDOSAS: Las ponencias y/ o experiencias deberán ser novedosas y versar sobre los temas fijados en el temario de cada comisión. Serán presentadas en soporte papel con una copia y mediante la remisión vía e-mail. La fecha límite de presentación por alguno de los medios enumerados será el 14 de octubre de 2016. Si se optare por la presentación en soporte papel con copia deberán concurrir a la oficina de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos sita en 3 esquina 525. Tolosa. La Plata. Provincia de Buenos Aires.-Si se optare por la remisión vía E-mail, a mediacionmjus@gmail.com.- El número mínimo de páginas que podrá presentarse, en forma individual o colectiva, será de seis carillas (tres hojas) y el máximo de diez (cinco hojas). La última página deberá contener las conclusiones de la misma. Deberán ser redactadas en procesador de textos Word, en letra tipo Times New Roman, tamaño doce (12), con espaciado interlineal de 1,5, con margen superior de 2,5 cms., margen inferior de 2,5 cms., margen interno de 4 cms. y un margen externo de 1,5 cms. La presentación importa autorización por parte de los autores para la publicación de los trabajos, renunciando a percibir regalía alguna en calidad de propiedad intelectual, implicando asimismo cesión de sus derechos a favor de las entidades organizadoras del evento. Artículo 10º - INFORMES E INSCRIPCION: Se podrá solicitar informes a la Dirección Provincial de Resolución Alternativa de Conflictos a email mediacionmjus@gmail.com, o vía telefónica a 0221 4262359/ 4262341.-